viernes, 24 de agosto de 2012

El Modelo cubano: Análisis de uno de los principios fundamentales la propiedad



Por. Maximiliano Plácido

El modelo cubano, por su parte, ha sufrido algunas modificaciones a lo largo de 50 años, aunque en sentido general conservaba hasta hoy muchos de los principios fundamentales adoptados desde 1968. La “actualización” en marcha supone potenciales cambios sustantivos, que abren las puertas al replanteamiento del camino cubano al socialismo.

Teniendo en cuenta la lógica conceptual inició mi análisis por el peso de las diferentes Formas de Propiedad que coexisten en nuestro sistema económico-social.

La propiedad es el principal aspecto que marca las diferencias sistémicas. La construcción paulatina y consciente de la nueva sociedad requiere un proceso que implica la coexistencia de diferentes formas de propiedad. Más allá del postulado de la supremacía de las formas más sociales como garante de la conservación del sistema, existen determinados grados de libertad en el peso relativo que cada una desempeña durante la coexistencia.

La eliminación casi total de la propiedad privada sobre los medios de producción, o su incorporación de manera plena como un componente estratégico en el funcionamiento de la economía socialista, constituyen las nociones extremas que han protagonizado los debates históricos.

 Ahora bien, ¿cuáles son las formas de propiedad posibles? Aunque no exenta de discusión, está bastante difundida la idea de que se puede desdoblar el ejercicio de la propiedad sobre los medios de producción en un par de planos fundamentales:

a) la apropiación sobre los excedentes productivos y
b) el control efectivo sobre las decisiones dentro de la empresa.

Atendiendo a quién es el sujeto jurídico de la apropiación se pueden clasificar en cuatro las formas de propiedad:

En primer lugar está aquel patrimonio que pertenece a la sociedad en su conjunto, independientemente de cuál sea la vía para que la sociedad haga efectivo ese poder patrimonial. En este caso se encuentran todas las denominadas empresas estatales cuyo dueño legal – como sujeto formal de apropiación de los excedentes – es el agregado social, el cual puede estar representado por un círculo mayor o menor de individuos según fórmulas más o menos participativas.

En segundo lugar se hallan aquellas figuras productivas que denominamos formas colectivas, cuya propiedad es ejercida por un grupo de individuos generalmente en igualdad de condiciones, que al combinar la condición de trabajadores y propietarios, unos miembros no se apropian del trabajo de otros. En este grupo se incluyen las llamadas cooperativas.

En una tercera clasificación, que pudiera designarse propiedad privada individual, aparecen aquellas formas de producción mercantil simple con un origen precapitalista, en las cuales un mismo individuo o núcleo familiar es el dueño de los medios de producción y a la vez de su fuerza de trabajo. En este caso clasifican aquellos trabajadores que se apropian directamente de todo el valor de su trabajo a la vez que no contratan trabajo ajeno.

Justamente la expropiación de un determinado plusvalor generado por el trabajo de otro constituye el elemento esencial que caracteriza la cuarta y última forma de propiedad: la propiedad privada capitalista. Técnicamente siempre que un individuo – o grupo – poseedor de los medios de producción contrate fuerza de trabajo ajena y se apropie de parte del valor creado, se puede afirmar que existen relaciones de explotación y que estamos en presencia de propiedad privada capitalista, por pequeña que sea la propiedad y por leve que sea la expropiación.

El modelo económico socialista cubano, desde la primera mitad de la década del 1960, evolucionó hacia un estrechamiento de la heterogeneidad socioeconómica con la supresión abrupta de la presencia de capital privado en la economía, así como de la pequeña producción mercantil.

Según se publica en los Anuarios de la Oficina Nacional de Estadísticas, la ampliación cuantitativa del sector estatal se extendió a lo largo de tres décadas llegando a su punto culminante en 1989 cuando empleaba cerca del 95% del total de trabajadores de la nación, aunque sectores clave como la banca, el comercio exterior y el comercio mayorista ya eran completamente propiedad estatal desde 1963.

La experiencia histórica de abrir espacios significativos a la propiedad privada en busca de desarrollar las fuerzas productivas ha transcurrido bajo dos enfoques:

a) como una concepción estratégica, tal cual ha sido implementada en el modelo de la China posterior a Mao;
b) como una concepción táctica, que corresponde a la interpretación realizada por el Che de la Nueva Política Económica leninista.

Cuando se habla en términos generales de la propiedad sobre los “medios de producción” se hace referencia no solo al llamado sector productivo (empresas productoras de bienes o servicios), sino también al sector comercial (cadenas de tiendas mayoristas y minoristas, del comercio exterior e interior), así como al sector financiero (bancos comerciales)

Según declaraciones de las autoridades, una mayor participación en la economía de las formas menos sociales de propiedad es sin duda uno de los principios por los que apuesta el nuevo modelo.

Desde los noventa, como resultado de las transformaciones del período, se presentaron en franca coexistencia las diferentes formas de propiedad privada con la predominante estatal, y en menor medida con la cooperativa. Durante esta etapa la fuerza de trabajo empleada en entidades estatales y mixtas se redujo acercándose en 2009 a un 84% del total.

En este mismo año el sector privado empleaba poco menos del 12%, mientras solo un 4.6% era absorbido por el sector cooperativo.

Adicionalmente es preciso señalar que el sector privado nacional ha tomado auge incluso más allá de lo que puede capturar el Sistema Nacional de Estadísticas. Las cifras indicativas del empleo en este sector pudieran presentar un sesgo relevante, en tanto consideran solamente aquellos trabajadores por cuenta propia oficializados y regulados por el Ministerio de Trabajo y por otros organismos de la Administración Central del Estado.

Según el propio Anuario que publica la Oficina Nacional de Estadística (ONE) en 2009, casi un 25% de la población en edad laboral – que significa 1 682 200 personas – no estaba empleada ni buscando empleo. Si a esto le restamos la matrícula universitaria para ese curso que asciende a 606 863 estudiantes, obtenemos que al menos 1 070 000 personas con edad de trabajar no tenían vínculo laboral, no se hallaban buscando empleo y tampoco estaban matriculados en la educación superior en el año 2009.

Teniendo en cuenta que hasta ese momento el mercado laboral por cuenta propia presentaba fuertes barreras institucionales a la entrada, y que la contratación de fuerza de trabajo por privados nacionales estaba proscrita – excepto para sectores muy específicos como en la producción del tabaco, entre otros – existen razones para suponer que una parte no despreciable de ese millón de personas estuviera empleado en el sector privado en condiciones no observables, ya sea como trabajador individual, asalariado o pequeño propietario.

Por lo tanto, el principal mérito indiscutible de la reformulación de la propiedad en el nuevo modelo radica en el esfuerzo por atemperar las regulaciones vigentes a las condiciones objetivas de la reproducción.

La expansión que experimenta el empleo privado constituye no más que un adecuado diagnóstico de la realidad social corriente. De lo que se trata no es de avanzar hacia lo privado porque es supuestamente más eficiente, sino de ajustar el modelo a las circunstancias reales de las fuerzas productivas, en este particular momento del tránsito cubano al socialismo.

El ejercicio del trabajo por cuenta propia en Cuba, luego de su expansión en los años noventas, estuvo legalmente restringido a la modalidad de propiedad privada individual. Sin embargo, la tendencia natural de prosperar desde esta forma mercantil simple, en ausencia de un marco regulatorio que incentive las vías cooperativas como mecanismo de expansión, es desarrollarse a otras entidades con capacidad para ofrecer servicios financieros. Es importante tener esto en cuenta puesto que son sectores que estratégicamente requieren un tratamiento específico en la arquitectura del modelo.

Aunque desde 1992 la Constitución reconocía la posibilidad de formas de propiedad 100% privada esta se autorizaba solo excepcionalmente a capitales extranjeros. Las cifras referidas al empleo en el sector privado comprenden los trabajadores por cuenta propia registrados, así como los empleados de privados capitalistas agrícolas.

El sector cooperativo existe únicamente en la agricultura. Los datos responden a cálculos del autor sobre la base de las publicaciones de la Oficina Nacional de Estadísticas. A partir de incrementar la cantidad de fuerza de trabajo contratada sistemáticamente, y de la expropiación de una parte del valor producido por ella. Con esto se convierten, técnicamente, en propiedad privada capitalista.

La reciente autorización a la contratación de fuerza de trabajo y, con ello, el reconocimiento oficial explícito de la existencia de parcelas de propiedad privada capitalista – al menos a escala de la microempresa – constituye una de las transformaciones conceptuales más trascendentes en los últimos 50 años.

Esta nueva realidad, que presenta inconsistencias con la Carta Magna urgidas de corregirse, demanda altas dosis de cautela en su implementación así como una más profunda dilucidación teórica.

Ante la inminente proliferación de agentes económicos cuya función de optimización no es otra que la maximización de beneficios, y en torno a los cuales se genera un complejo entramado de relaciones predominantemente mercantiles que se reproducen de manera exponencial, se impone un rediseño del Estado como actor regulador y garante de los objetivos sistémicos de la reproducción.

El asunto de la necesaria regulación sobre la acumulación potencial de riquezas en manos de determinados sectores, debe afrontarse no solo empleando los instrumentos del sistema tributario, sino a través de la promoción de determinados consumos – servicios de ocio, bienes duraderos, etc. – que permitan extraer y redistribuir parte de lo acumulado y tratando de que no representen en sí mismos concentración de medios de producción.

También parecería lógico que el objetivo de evitar la concentración de capital, resultante natural de la expansión del sector privado, se intente conducir a través de fórmulas cooperativas utilizando incentivos fiscales y de otro tipo.

Sin embargo, esta idea de promover formas de propiedad colectiva en actividades no agrícolas, por inédita para los cubanos, parece requerir un tiempo mayor de maduración hasta definir sus derroteros de aplicación. Téngase en cuenta que en Cuba prácticamente no ha existido una tradición de cooperativismo, y dada la experiencia de las últimas cinco décadas no se vislumbra como una solución clara en el imaginario popular.

Finalmente, como consecuencia de una mayor presencia de formas no estatales y dadas las condiciones de partida, se puede esperar, por un lado, un mayor aprovechamiento de capacidades productivas, un mejor contexto para la generación de iniciativas y por tanto un crecimiento económico en condiciones de mayor eficiencia.

Mientras por otro, se produciría un avance relativo de una clase social de naturaleza intrínsecamente antisistémica, y se incrementan las relaciones de intercambio mercantil marcadas por el interés material, lo cual tiende a impactar negativamente sobre las relaciones socialistas de reproducción, incluso aunque no las comprometa en lo inmediato.

La apuesta por un rol más protagónico del sector privado buscando dinamizar a corto plazo el desempeño económico, entraña profundos riesgos de restauración capitalista en un horizonte temporal mediano.

Sin embargo, la persistencia de un modelo con una centralización hiperbolizada que ignora las condiciones objetivas de la reproducción, también entraña un considerable riesgo de reversión sistémica, quizás más peligroso por resultar menos evidente.

La Constitución cubana en su Artículo 14 establece que “En la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y en la supresión de la explotación del hombre por el hombre.

Con plena conciencia y manejo de los riesgos que esto entraña para la conformación del sistema social de aspiraciones que se va articulando en el imaginario de cada individuo, la dirección del país viene implementando paulatinamente los lineamientos de la política económica y social de la revolución y el partido, que tiene como fin la actualización del modelo económico cubano.




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