domingo, 21 de octubre de 2012

Lo que marca la diferencia al Sistema Electoral Cubano


El Sistema Electoral cubano se rige por varios principios que lo hacen único y que le conceden al pueblo el principal protagonismo, ellos son:
  • La no participación del Partido Comunista en el proceso electoral; el Partido no postula, ni promueve, ni apoya a ningún candidato
  • Es el propio pueblo quien tiene la facultad exclusiva de nominar directamente a sus candidatos, lo que hace en asambleas públicas y abiertas de electores.
  • Todos los elegidos pueden ser revocados por sus electores en cualquier momento del mandato.
  • El pueblo controla la labor que realizan sus representantes, ya que estos están obligados a rendirle cuenta de manera sistemática.
  • El pueblo participa junto a sus representantes en la toma de decisiones más importantes que incumben a la persona o a la Nación en su conjunto.
  • El Registro de Electores es automático y gratuito. El cubano nace con ese derecho que se cumple cuando arriba a los 16 años de edad. Su transparencia se garantiza totalmente, pues el listado de los electores se coloca en lugares públicos, mucho antes de las elecciones, para que pueda ser controlado por todos.
  • El conteo de los votos que recibe cada candidato se hace ante la presencia de la población, incluso de los extranjeros de visita en el país, si así lo desean.
  • Para ser electo Delegado a una Asamblea Municipal o Provincial del Poder Popular, y Diputado a la Asamblea Nacional, el candidato tiene que obtener más de la mitad de los votos válidamente emitidos.
  • Los candidatos no pueden hacer campaña electoral a su favor ni en contra de ningún otro. La propaganda de las elecciones es patrimonio exclusivo de las Comisiones Electorales y tiene un contenido ético, educativo, instructivo y dirigido a garantizar la igualdad de derecho de todos los electores.

Ampliación y profundización de los fundamentos democráticos del sistema electoral cubano

JULIO DE 1992-OCTUBRE DE 2012

Hasta los comicios de 1992-93 la práctica del pueblo en Cuba fue nominar y elegir a sus delegados de circunscripción, los que luego determinaban quiénes serían los delegados a las Asambleas Provinciales y los diputados a la Asamblea Nacional. 

El 12 de julio de 1992 fue aprobada en sesión convocada al efecto, de la Asamblea Nacional del Poder Popular, la Ley de Reforma Constitucional encaminada a cumplimentar las recomendaciones del IV Congreso del Partido Comunista de Cuba adoptadas como resultado del debate público, abierto, franco y sereno con el pueblo. En la nueva Ley electoral se establecieron nuevas formas de elección de los diputados a la Asamblea Nacional y de los delegados a las asambleas provinciales, así como otras cuestiones de interés para la vida institucional del país. 

El sistema electoral cubano amplió, profundizó los fundamentos democráticos del sistema, y posibilitó —entre otras cuestiones— la elección mediante el voto directo y secreto de los Diputados a la Asamblea Nacional y de los delegados a las Asambleas Provinciales. La amplia participación del pueblo en las elecciones confirma el respaldo de la inmensa mayoría de las cubanas y cubanos a su sistema político. 

La Ley No. 72 de 1992, Ley Electoral, establece que los procesos electorales son de dos tipos: 

1. Elecciones generales, en las que se elige a los Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, su Presidente, Vicepresidente y Secretario, al Presidente, Primer Vicepresidente, Vicepresidentes, Secretario y demás miembros del Consejo de Estado a los Delegados a las Asambleas Provinciales y Municipales del poder Popular y a su vez Presidentes y Vicepresidentes. Cada cinco años.

2. Elecciones parciales, en las que se elige a los Delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular y sus Presidentes y Vicepresidentes. Cada dos años y medio. 

Los principios generales que caracterizan el Sistema Electoral Cubano son: 

· Todos los ciudadanos con capacidad legal para ello, tienen derecho a intervenir en la  
  dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes.
· El Partido no propone, no postula ni promueve candidatos, es el propio pueblo, los electores 
  los que tienen esa facultad la que ejercen en asambleas públicas en acto libre y soberano.
· Inscripción universal, automática y gratuita de los electores en el registro electoral.
· El voto es libre, igual y secreto y cada elector tiene derecho a un solo voto.
· Tienen derecho al voto los cubanos que hayan cumplido 16 años, excepto los incapacitados 
  mentales previa declaración judicial de su incapacidad y los incapacitados judicialmente por
  causa de delitos.
· Derecho de los mayores de 16 años de edad a ser elegidos. Cuando se trate de Diputados
  a la Asamblea Nacional se requiere tener 18 años.
· Derecho de los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y demás miembros de 
  los institutos armados a elegir y ser electos.
· Inexistencia de campañas electorales discriminatorias, millonarias, ofensivas, difamatorias y 
  denigrantes. Los candidatos no pueden hacer campañas a su favor.
· Total transparencia en los comicios.
· Obligación de que todos los electos lo sean por mayoría. El candidato sólo es electo si 
  obtiene más del 50% de los votos válidos emitidos.
· Alta participación del pueblo en las elecciones. En todos los procesos electorales que se 
  han  celebrado desde el año 1976, han participado más del 95% de los electores.

 Tomado de granma

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